Sábado 4 de junio de 2016
Cancillería, junto a la Intendencia de Antofagasta, realizan Seminario sobre el Río Silala en la II Región
A poco menos un mes de que Chile presentara la demanda ante la Corte Internacional de Justicia, que busca el reconocimiento de la condición de río internacional del Río Silala, en la ciudad de Antofagasta se realizó el seminario “Consideraciones del río Silala y las relaciones con Bolivia” organizado en conjunto por la Intendencia de la II Región y el Ministerio de Relaciones Exteriores. Éste contó con la participación del Intendente, Valentín Volta; la Directora de Fronteras y Límites y Agente de Chile ante la Corte de La Haya, Ximena Fuentes; y el historiador antofagastino Floreal Recabarren.
Ante una audiencia cercana a las 200 personas en el Museo Ruinas de Huanchaca –entre ellos los alcaldes de Calama y Sierra Gorda– la Agente Ximena Fuentes explicó, punto por punto, los argumentos de Chile para presentar esta demanda y las cinco peticiones que se solicitaron a la Corte.
Al término del encuentro Fuentes expresó su conformidad con la actividad y señaló que la “mejor forma de informar correctamente a la población es socializando nuestros argumentos con la comunidad y la sociedad civil; que los diarios regionales informen lo que estamos pidiendo y cuáles son nuestros argumentos. Ese es el mejor antídoto contra el uso comunicacional que le da Bolivia a este tema”. Al ser consultada durante el seminario sobre qué pasaría si la Corte Internacional no declara a las aguas del Silala como un río internacional, la agente aclaró que “las aguas seguirán fluyendo hacia Chile, las leyes de la naturaleza no las puede cambiar la Corte. De hecho, lo que Bolivia tiene que explicar es por qué el agua no cruzaría hacia Chile, siendo que el origen está a apenas a 4 kilómetros de la frontera, donde hay una pendiente de un 4,3%”.
Por su parte, el Intendente Volta, señaló que “nosotros, en conjunto con la Cancillería, hemos convocado a este seminario que es una de las tantas actividades que vamos a hacer en esta línea y que tiene como propósito principal conectar a la comunidad con lo que sucede. Esta demanda tiene que ver con nosotros como región, con Calama, porque nos importa el reconocimiento del río Silala como un río internacional y por lo tanto tenemos los derechos respecto de los cuales Chile ha pedido su reconocimiento”.
El 6 de junio Chile presentó ante la Corte Internacional de Justicia una demanda que busca que se declare la condición de río internacional del río Silala. Según el derecho internacional, un curso de agua que cruza dos o más Estados es considerado un “curso de agua internacional”, en que los países ribereños tienen derecho a usar las aguas de acuerdo al principio de uso equitativo y razonable.
El río Silala es un curso de agua internacional sucesivo que nace en Bolivia (país aguas arriba) y cruza la frontera hacia Chile (país aguas abajo) a 4.310 metros de altura en la Región de Antofagasta. Su largo total es de 8,5 kilómetros aproximadamente, de los cuales, unos 3,8 están en territorio boliviano y 4,7 kilómetros en territorio chileno.
¿Qué le pide Chile a la Corte Internacional de Justicia?
Chile le pide a la Corte que juzgue y declare que:
- a) El sistema del Río Silala, junto con las porciones subterráneas de su sistema, es un curso de agua internacional, cuyo uso se rige por el derecho internacional consuetudinario;
- b) Chile tiene derecho al uso equitativo y razonable de las aguas del sistema del Río Silala de conformidad con el derecho internacional consuetudinario;
- c) Bajo el estándar de utilización equitativa y razonable, Chile tiene derecho al uso que actualmente hace de las aguas del Río Silala;
- d) Bolivia tiene la obligación de tomar todas las medidas apropiadas para prevenir y controlar la contaminación y otras formas de daño a Chile que resulten de sus actividades en las cercanías del Río Silala;
- e) Bolivia tiene la obligación de cooperar y de proporcionar a Chile una notificación oportuna de medidas planificadas que pudiesen tener un efecto negativo sobre recursos hídricos compartidos, de intercambiar datos e información y de realizar, cuando proceda, una evaluación de impacto ambiental, para permitir que Chile pueda evaluar los posibles efectos de tales medidas planificadas, obligaciones que Bolivia ha incumplido.